lunes, 30 de abril de 2012

ESTATUTOS DE LA FENTASE REGIONAL AREQUIPA

ESTE ES EL ESTATUTO DE LA FENTASE REGIONAL AREQUIPA, CUYO CONTENIDO DEBE SER CONOCIDO POR TODOS LOS TRABAJADORES, ESPECIALMENTE  ANTES DE ESTE EVENTO EN CUYO TRANSCURSO SE DEBATIRÁ, NO TENGO LA MENOR DUDA, TEMAS LIGADOS AL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LOS ESTATUTOS.


















DIRECTIVA DE LA VII CONVENCIÓN REGIONAL ORDINARIA Y VI ASAMBLEA ESTATUTARIA DE LA FENTASE REGIONAL DE AREQUIPA






ESPERO QUE DE UNA VEZ POR TODAS LOS SECRETARIOS GENERALES DE LAS BASES DE LA SITASE AREQUIPA SUR Y AREQUIPA NORTE LLAMEN A LAS ASAMBLEAS GENERALES PARA ELEGIR A LOS DELEGDOS QUE ASISTIRÁN A ESTE EVENTO Y NO ESPEREN EL ÚLTIMO DÍA COMO VIENE OCURRIENDO EN ESTOS ÚLTIMOS AÑOS.
ESTA DIRECTIVA QUE A PESAR DE LLEVAR YA HACE UNOS DIAS DE HABERSE INFORMADO A LOS SECRETARIOS GENERALES DE LAS BASES AÚN NO SE HA DADO A CONOCER EN NUESTRA CIUDAD A EXCEPCIÓN DE ALGUNAS PROVINCIAS.
A LOS TRABAJADORES LES PEDIMOS LEAN DETENIDAMENTE Y PARTICIPEN EN DICHA ELECCIÓN, SU PARTICIPACIÓN ES MUY IMPORTANTE Y TRASCENDENTAL PARA LOS DESTINOS DE NUESTRA FENTASE REGIONAL.

NORMA MUY IMPORTANTE PARA LOS DOCENTES

CONFORME A ESTA NORMA LOS PROYECTOS ESPECIALES QUE LLEVA ADELANTE EL GOBIERNO PERUANO RESPECTO A LA EDUCACIÓN, SERÁN LOS DOCENTES NOMBRADOS QUIENES SEAN SELECCIONADOS PARA LLEVAR ADELANTE ÉSTOS, PARA LO CUAL TENDRÁN LICENCIA SIN GOCE DE REMUNERACIONES.


ENTÉRESE DE LA NORMA HACIENDO CLIC AQUI

jueves, 26 de abril de 2012

REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO



POR FIN EL GOBIERNO DEL PRESIDENTE OLLANTA HUMALA A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGLAMENTÓ LA LEY Nº 29783 "LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO", NORMA QUE HACE MUCHO TIEMPO FUE EMITIDO Y QUE PASÓ DESAPERCIBIDO PARA LA CASI TOTALIDAD DE LOS TRABAJADORES GRACIAS A LA GRAN MAYORIA DE DIRIGENTES QUE POCO O NADA LES HA IMPORTADO, ESTA LEY MARCA UNA ETAPA MUY IMPORTANTE DENTRO DE LOS TRABAJADORES.
AHORA TENDRÁN LA DESFACHATEZ DE SALIR A LOS MEDIOS DE PRENSA Y DECIR QUE ELLOS LO LOGRARON.

SEÑORES (AS) TRABAJADORES DE TODOS LOS SECTORES LEAN ESTE REGLAMENTO Y EXIJAMOS SU CUMPLIMIENTO INMEDIATO.

DIA DE LA SECRETARIA


Cada 26 de Abril, se celebra el 'Día de la Secretaria.
En un esfuerzo por promover el profesionalismo de esta labor, se crea en EE.UU. la Asociación Nacional de las Secretarias, en el año 1942. En 1952, Maria Barrett, presidente de la asociación nacional de las secretarias, C. King Woodbridge, presidente de Dictaphone Corporation, y Harry F. Klemfuss, un hombre de negocios americano, crean el día de la secretaria, como homenaje a la ardua labor que desempeña este personal en una oficina. En el Perú la institucionalización del Día de la Secretaria se llevó a cabo a partir de 1980.

La palabra Secretaria viene de secreto, y no se trata de “esconder o guardar los secretos del Jefe o de la Empresa”, significa –más bien- la lealtad para realizar el trabajo, dinámicamente, con honestidad y nobleza. Es que la Secretaria dejó de ser la mecanógrafa, la que sólo escribe cartas o atiende el teléfono.

Las Agendas, las reuniones, las Facturas, las cobranzas, redacciones de cartas, Discursos, archivo de documentos, traducciones, escáner, carpetas personales y un sinfín de tareas que van apareciendo día a día. Todo esto lleva a pensar que la secretaria siempre debe estar ahí… Y si se ausenta, debe mantener su celular encendido.

En el Perú se institucionalizó el 26 de abril como DIA DE LA SECRETARIA INTERAMERICANA a solicitud de la Asociación Peruana de Secretarias que en cumplimiento al acuerdo del congreso de Argentina, hiciera a las autoridades peruanas logrando así la Declaración del Dia de la Secretaria por Decreto Supremo del Ministerio de Trabajo en 1980.

FELIZ DIA DE LA SECRETARIA , UN SALUDO FERVOROSO A TODAS LAS SERETARIAS Y SECRETARIOS  QUE  REALIZAN UNA LABOR ARDUA DIA A DIA Y QUE A LA VEZ SON  LA MANO DERECHA DE LOS JEFES O LIDERES DE CADA ENTIDAD. SIGAN ADELANTE Y SIN OLVIDAR  LOS VALORES HONESTIDAD, LEALTAD Y RESPONSABILIDAD

FERIADO LARGO PARA EL SECTOR PÚBLICO

ESTE FIN DE SEMANA HABRÁ FERIADO LARGO PARA EL SECTOR PÚBLICO, PORQUE SE DECLARÓ NO LABORABLE EL 30 DE ABRIL, CON EL FIN DE ESTIMULAR EL TURISMO INTERNO, DIJO EL MINISTRO DE TRABAJO, JOSÉ VILLENA.
EL FUNCIONARIO RECORDÓ QUE LA MEDIDA RIGE PARA EL SECTOR PÚBLICO, PERO RECALCÓ QUE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO TAMBIÉN PUEDEN ACOGERSE A LA MISMA, PREVIA COORDINACIÓN CON EL EMPLEADOR.
EL FERIADO PUENTE DEL 30 DE ABRIL FUE DECRETADO VÍA DECRETO SUPREMO 099-2011-PCM EL 29 DE DICIEMBRE DEL 2011. EN ESE CASO, COMPRENDE LOS DÍAS SÁBADO 28 DE ABRIL, DOMINGO 29, LUNES 30 Y EL MARTES 01 DE MAYO, DÍA DEL TRABAJO.
DE ACUERDO CON DICHO DECRETO, LAS HORAS DEJADAS DE TRABAJAR SERÁN COMPENSADAS EN LA SEMANA POSTERIOR O EN LA OPORTUNIDAD QUE ESTABLEZCA EL TITULAR DE LA ENTIDAD PÚBLICA, SEGÚN SUS PROPIAS NECESIDADES. PARA FINES TRIBUTARIOS, EL FERIADO PUENTE SERÁ CONSIDERADO HÁBIL.
AÑADE QUE LOS TITULARES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ADOPTARÁN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA PROVISIÓN DE AQUELLOS SERVICIOS QUE SEAN INDISPENSABLES PARA LA SOCIEDAD DURANTE ESE DÍA NO LABORABLE.
EN LO QUE RESTA DEL 2012 ESTÁN PROGRAMADOS COMO FERIADOS NO LABORABLES LOS SIGUIENTES DÍAS: VIERNES 27 DE JULIO, VIERNES 31 DE AGOSTO, VIERNES 2 DE NOVIEMBRE, Y LUNES 24 Y 31 DE DICIEMBRE, CON EL FIN DE FOMENTAR EL DESARROLLO DEL TURISMO INTERNO Y DINAMIZAR LAS ECONOMÍAS LOCALES.
EN SUS CONSIDERANDOS, LA NORMA SEÑALA QUE LOS DÍAS NO LABORABLES, SUMADOS A LOS FERIADOS ORDINARIOS, CREAN FINES DE SEMANA LARGOS PROPICIOS PARA LA PRÁCTICA DEL TURISMO INTERNO, MEDIDA QUE TIENE UN IMPACTO POSITIVO EN EL DESARROLLO DEL MISMO.
ESTAS MEDIDAS SUENAN A BROMA CRUEL, YA QUE LOS ÚNICOS QUE SE PUEDEN DAR EL LUJO DE HACER TURISMO SON AQUELLOS PEQUEÑOS GRUPOS QUE GANAN MILES DE SOLES MENSUALES, ES DECIR, LOS FUNCIONARIOS, CONGRESISTAS, ETC. ¿Y QUE HAY DE LOS MILES DE TRABAJADORES?  CUYO SUELDO NO SOBREPASA LOS 800 SOLES MENSUALES QUE A TODAS LUCES ESTÁN MUY LEJOS DE LA CANASTA FAMILIAR Y QUE TIENEN QUE HACER MALABARES PARA AGENCIARSE DE OTROS INGRESOS QUE DE UNA U OTRA FORMA AYUDAN AL SOSTENIMIENTO DE SUS NECESIDADES BÁSICAS.

domingo, 22 de abril de 2012

DÍA INTERNACIONAL DE LA TIERRA




EL 22 DE ABRIL SE CELEBRA EL DÍA INTERNACIONAL DE LA TIERRA. SE INSTAURÓ  PARA CREAR UNA CONCIENCIA COMÚN A LOS PROBLEMAS MEDIOAMBIENTALES COMO LA SUPERPOBLACIÓN, LA PRODUCCIÓN DE CONTAMINACIÓN O LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD. SU OBJETIVO ES SUBRAYAR LA IMPORTANCIA DEL USO RESPONSABLE DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA TIERRA  ASÍ COMO  DE UNA EDUCACIÓN AMBIENTAL.
EL 22 DE ABRIL DE 1920, EL SENADOR Y ACTIVISTA AMBIENTAL GAYLORD NELSON REALIZÓ LA PRIMERA MANIFESTACIÓN EN FAVOR DE LA CREACIÓN DE UNA AGENCIA AMBIENTAL. PARTICIPARON MILES DE UNIVERSIDADES,  ESCUELAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS Y CENTENARES DE COMUNIDADES . LA PRESIÓN SOCIAL TUVO SUS LOGROS Y EL GOBIERNO DE ESTADOS UNIDOS CREÓ LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL (ENVIRONMENTAL PROTECTION AGENCY) Y UNA SERIE DE LEYES DESTINADA A LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.
LAS NACIONES UNIDAS RECONOCEN QUE LA TIERRA Y SUS ECOSISTEMAS SON EL HOGAR DE LA HUMANIDAD, ASIMISMO, AFIRMAN QUE PARA ALCANZAR UN JUSTO EQUILIBRIO ENTRE LAS NECESIDADES ECONÓMICAS, SOCIALES Y AMBIENTALES DE LAS GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS ES NECESARIO PROMOVER LA ARMONÍA CON LA NATURALEZA Y LA TIERRA. ES POR ESTO QUE SE DECIDIÓ DESIGNAR EL 22 DE ABRIL COMO EL “DÍA INTERNACIONAL DE LA MADRE TIERRA”.


DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS DESIGNANDO EL 22 DE ABRIL COMO DÍA DE LA TIERRA


Naciones Unidas
                Asamblea General        Distr. general
                                                                                                                                          1º de mayo de 2009
Sexagésimo tercer período de sesiones
Tema 49 d) del programa 08-48750

Resolución aprobada por la Asamblea General
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/63/L.69 y Add.1)]

63/278. Día Internacional de la Madre Tierra

La Asamblea General,

Reafirmando el Programa 211 y el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (“Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo”)2,

Recordando el Documento Final de la Cumbre Mundial 20053,

Recordando también su resolución 60/192, de 22 de diciembre de 2005, en la que se proclama 2008 Año Internacional del Planeta Tierra,

Reconociendo que la Tierra y sus ecosistemas son nuestro hogar, y convencida de que para alcanzar un justo equilibrio entre las necesidades económicas, sociales y ambientales de las generaciones presentes y futuras, es necesario promover la armonía con la naturaleza y la Tierra,

Reconociendo también que Madre Tierra es una expresión común utilizada para referirse al planeta Tierra en diversos países y regiones, lo que demuestra la interdependencia existente entre los seres humanos, las demás especies vivas y el planeta que todos habitamos,

Observando que cada año se celebra el Día de la Tierra en numerosos países,

1.    Decide designar el 22 de abril Día Internacional de la Madre Tierra;

      2. Invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las partes interesadas a observar el Día Internacional de la Madre Tierra y crear conciencia al respecto, según proceda;
_______________
1 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo II.
2 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.03.II.A.1 y corrección), cap. I, resolución 2, anexo.
3 Véase la resolución 60/1.
A/RES/63/278
3. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.
80ª sesión plenaria

22 de abril de 2009


Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,
Habiéndose reunido en Rio de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992,
Reafirmando la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972a, y tratando de basarse en ella,
Con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas,
Procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial,
Reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la Tierra, nuestro hogar,
Proclama que:
PRINCIPIO 1
Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonia con la naturaleza.
PRINCIPIO 2
De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias politicas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los limítes de la jurisdicción nacional.
PRINCIPIO 3
El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
PRINCIPIO 4
A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.
PRINCIPIO 5
Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.
PRINCIPIO 6
Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio ambiente y al desarrollo también se deberían tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los países.
PRINCIPIO 7
Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen.
PRINCIPIO 8
Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
PRINCIPIO 9
Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías nuevas e innovadoras.
PRINCIPIO 10
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes. 
PRINCIPIO 11
Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y económico injustificado para otros países, en particular los países en desarrollo.
PRINCIPIO 12
Los Estados deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.
PRINCIPIO 13
Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar asimismo de manera expedita y mas decidida en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdicción.
PRINCIPIO 14
Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana.
PRINCIPIO 15
Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razon para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.
PRINCIPIO 16
Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe, en PRINCIPIO, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.
PRINCIPIO 17
Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que este sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente.
PRINCIPIO 18
Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados. La comunidad internacional deberá hacer todo lo posible por ayudar a los Estados que resulten afectados.
PRINCIPIO 19
Los Estados deberán proporcionar la información pertinente y notificar previamente y en forma oportuna a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adversos, y deberan celebrar consultas con esos Estados en una fecha temprana y de buena fe.
PRINCIPIO 20
Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.
PRINCIPIO 21
Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos.
PRINCIPIO 22
Las poblaciones indígenas y sus comunidades, asi como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible.
PRINCIPIO 23
Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación.
PRINCIPIO 24
La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estados deberán respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, segun sea necesario.
PRINCIPIO 25
La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables.
PRINCIPIO 26
Los Estados deberán resolver pacíficamente todas sus controversias sobre el medio ambiente por medios que corresponda con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas.
PRINCIPIO 27
Los Estados y las personas deberán cooperar de buena fe y con espiritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta Declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible.

viernes, 20 de abril de 2012

INFORME DE LOS PERITOS INTERNACIONALES SOBRE EL PROYECTO CONGA

LEVANTARON INUSITADO INTERÉS POR SU PARTICIPACIÓN Y LO QUE ELLO SIGNIFICABA PARA NUESTROS AMIGOS DE CAJAMARCA Y EL PERÚ ENTERO, AL FIN SE EMITIÓ EL INFORME DE LOS PERITOS INTERNACIONALES SOBRE EL PROYECTO CONGA, A NUESTRO ENTENDER NADA NUEVO SE ESPERABA; AHORA EL PRESIDENTE OLLANTA HUMALA TIENE UNA RESPONSABILIDAD, CUMPLIR SU PALABRA EMPEÑADA EN PLENA CAMPAÑA ELECTORAL Y DEMOSTRAR QUE EL EJEMPLO EMPIEZA POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

AÚN RESUENA VIGOROSAMENTE LAS PALABRAS EMITIDAS POR LOS TRABAJADORES DE NUESTRA QUERIDA CAJAMARCA EN EL CONGRESO DE LA FENTASE DESARROLLADA EN NUESTRA CIUDAD BLANCA AL CUAL NOS UNIMOS TODOS LOS PERUANOS


¡CONGA NO VA!

SE ACERCA RAUDAMENTE LAS EVALUACIONES A LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

EL ÚLTIMO 14 DE ABRIL SE HA APROBADO EL PLAN DE DESARROLLO DE LAS PERSONAS - (PDP) QUINQUENAL 2012-2016 DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EL QUE EMPEZARÁ LA CAPACITACIÓN EN EL SECTOR EDUCACIÓN SEDE, CON PROYECCIÓN DE HACER EXTENSIVO PARA TODO EL SECTOR PÚBLICO SEGÚN EL DECRETO LEGISLATIVO 1025, EN ESTA NORMA SE DAN LAS REGLAS PARA LA CAPACITACIÓN Y EVALUACIÓN.
NO DEBEMOS QUITARLE LOS OJOS A ESTA NORMATIVIDAD, PORQUE COMPRENDEMOS PERFECTAMENTE LO QUE SIGNIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1025 Y LAS EVALUACIONES PUNITIVAS QUE SE PRETENDEN LLEVAR ADELANTE.





LEAMOS Y ANALICEMOS EL CONTENIDO Y RECORDEMOS:


CAPACITACIÓN Y EVALUACIONES SIN MEDIDAS PUNITIVAS
¡SI!
 PARA MEJORAS SALARIALES, ASCENSOS, ETCÉTERA


 

EVALUACIONES PARA FINES DE DESPIDOS Y SUPRESIÓN DE PLAZAS

¡NO!


PARA NO OLVIDAR:




lunes, 16 de abril de 2012

TEXTO PRELIMINAR DE LOS INCENTIVOS LABORALES






INSCRIPCIONES DE FONAVI COMIENZAN EL 21 DE MAYO

PARECE SER QUE AL FIN TERMINA EL SUPLICIO DE LOS TRABAJADORES QUE APORTARON AL FONAVI, LA COMISIÓN AD HOC, RECIBIÓ EL VISTO BUENO PARA DAR INICIO AL PROCESO DE INSCRIPCIÓN EL DÍA 21 DE MAYO, TENGAMOS EN CUENTA QUE PARA ESTE EFECTO SE CREARÁ UNA PÁGINA WEBB, EL QUE EN LOS PRÓXIMOS DIAS SE DARÁ A CONOCER.
ACTUALMENTE SE CUENTA CON LA CANTIDAD DE S/ 349 MILLONES DE SOLES, LA PREGUNTA QUE SURGE ES SI SERÁN SUFICIENTES PARA REALIZAR ESTA DEVOLUCIÓN A CADA UNO DE LOS APORTANTES.
ES IRÓNICO LO QUE SUCEDE EN NUESTRO PAÍS, TENER QUE PASAR TODAS ESTAS PENURIAS PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS APORTES DE LOS TRABAJADORES DURANTE TANTOS AÑOS, CUANDO ESTO DEBIÓ HACERSE AUTOMÁTICAMENTE, SIN MUCHO TRÁMITE BUROCRÁTCO, NI MUCHO MENOS POR MEDIO DE UNA CONSULTA POPULAR LA QUE AHORA PRETENDEN DESCONOCER CIERTOS SECTORES VIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
HORRORES QUE COMETEN CIERTOS GOBERNANTES Y QUE LA GRAN MAYORÍA DE PERUANOS TIENE QUE SUFRIR LAS CONSECUENCIAS.


jueves, 12 de abril de 2012

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

LEY Nº 29783 DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ESTA LEY ES UNA PRIMERA GRAN ACCIÓN DADA POR ESTE NUEVO GOBIERNO. LA PUDO HABER PROMULGADO EL ANTERIOR JUNTO CON EL HUAYCO DE NORMAS QUE SE DIO EN SUS ÚLTIMAS HORAS, PERO PARECE SER QUE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES NO ERA SU PRIORIDAD.

ESTA IMPORTANTE LEY Nº 29783 EXTIENDE SU ÁMBITO CON RESPECTO AL  REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  DS 009-2005-TR (EMITIDO EL 29 DE SETIEMBRE DE 2005) QUE ERA EXTRAÑAMENTE SÓLO APLICABLE A LA ACTIVIDAD PRIVADA. AHORA  LA LEY 29783 COMPRENDE A TODOS LOS EMPLEADORES Y LOS TRABAJADORES BAJO EL RÉGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, TRABAJADORES Y FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO, TRABAJADORES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA. O SEA, A TODO PERUANO QUE TRABAJA.

COMO ANTES LA FISCALIZACIÓN DE ACTIVIDAD MINERA EN SEGURIDAD OCUPACIONAL ESTABA A CARGO DE OSINERGMIN, ESTA LEY HACE QUE SÓLO EL  MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO LLEVE A LA FISCALIZACIÓN EN TEMAS DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL. 

AHORA  FALTA QUE LOS MINISTERIOS, INSTITUCIONES PÚBLICAS  Y ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS ADECUAN SUS REGLAMENTOS SECTORIALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO A LA LEY Nº 29783 EN UN PLAZO NO MAYOR DE CIENTO OCHENTA DÍAS A PARTIR DE SU ENTRADA EN VIGENCIA. OJALÁ QUE EL PLAZO DADO NO SE EXTIENDA DEMASIADO COMO HA PASADO CON OTRAS LEYES DONDE SE HAN TARDADO AÑOS EN SACAR SUS REGLAMENTOS.  

ESPERO QUE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO INCREMENTE SU NÚMERO DE FISCALIZADORES ESPECIALIZADOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, QUE SEAN COMPETENTES Y PROFESIONALES HABILITADOS EN SUS COLEGIOS PROFESIONALES  COMO QUÍMICOS, BIÓLOGOS, FÍSICOS E INGENIEROS ESPECIALIZADOS Y QUE ELLOS SEAN BIEN ENTRENADOS EN REALIZAR FISCALIZACIONES. UNO DE LOS ERRORES QUE COMETEN LOS FISCALIZADORES EN  RECOMENDAR O IMPONER PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO IMPOSIBLES DE CUMPLIR PARA LA EMPRESA, ALGUNOS DE CREEN DIOSES, CUANDO EN REALIDAD NO CONOCEN LA PARTE OPERATIVA DEL PROCESO INDUSTRIAL QUE ESTÁN FISCALIZANDO.     

EN EL ÁMBITO QUÍMICO ESPERO QUE LAS CONDICIONES MEDIEVALES, CON RESPECTO A SEGURIDAD Y SALUD EN  EL TRABAJO,  CON LAS QUE TRABAJAN ALGUNAS EMPRESAS PERUANAS  SE ACABEN. ES OBLIGACIÓN DE LOS SECTORES, EN ESPECIAL EL DE INDUSTRIA QUE HA ESTADO DANDO LA ESPALDA A LA SEGURIDAD, HACER SU REGLAMENTO Y DAR NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA AYUDAR A LAS EMPRESAS A CUMPLIR LAS NORMAS  DE SEGURIDAD Y SALUD  EN EL TRABAJO, ASÍ COMO SANCIONAR A LAS EMPRESAS QUE MENOSPRECIEN    E  INCUMPLAN LA LEY.
FUENTE: PROFESOR MARIO CERONI GALLOSO
EN LO RESPECTA A LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACIÓN LOS OLVIDADOS RESPECTO A ESTE TEMA, SON LOS MÁS GOLPEADOS POR LA INDIFERENCIA DE TODOS LOS GOBIERNOS, NO TIENEN MATERIALES DE LIMPIEZA, NI DE SEGURIDAD; POR LO QUE SON INGENTES CANTIDADES QUE SE ENCUENTREN DELICADOS DE SALUD Y MUCHOS YA HAN FALLECIDO COMO PRODUCTO DE LAS ENFERMEDADES DE TRABAJO QUE SE ADQUIERE POR ESTAR MANIPULANDO SUSTANCIAS, DESECHO CONTAMINADOS SIN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN NECESARIAS, ES HORA DE EXIGIR SU REGLAMENTACIÓN Y DE UNA POR TODAS SE APLIQUE; TENIENDO EN CUENTA QUE LA SALUD DEBE SER UNA POLÍTICA NACIONAL.


ESTE ES EL PROYECTO DE REGLAMENTO QUE ESTÁ TARDANDO EN DEMASÍA PARA SU PROMULGACIÓN



LA VERDAD SOBRE LOS INCENTIVOS LABORALES DEL CAFAE

EL DÍA MARTES 03 DE ABRIL A LAS 4.30PM  SE HAN REUNIDO DIRIGENTES NACIONALES DEL SECTOR PÚBLICO CON LOS ASESORES DE LA CONGRESISTA MARISOL ESPINOZA CRUZ PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EL TEMA PRINCIPAL QUE SE TRATÓ FUE LA APROBACIÓN DEL DICTAMEN DEL PROYECTO DE LEY Nº 647-2011/CR PARA EL INCREMENTO DE LOS INCENTIVOS LABORALES DEL CAFAE, LOS ASESORES EL DR. ZEVALLOS Y EL DR. PIERO  ELLOS MANIFESTARON QUE EL DÍA  03 DE ABRIL EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO HABÍAN APROBADO EL PRE DICTAMEN DEL PROYECTO DE LEY ANTES MENCIONADO, LA PRÓXIMA SEMANA ESTARÍAN APROBANDO EL DICTAMEN FINAL PARA QUE PASE AL PLENO DEL CONGRESO PARA LA APROBACIÓN DE LA LEY.

NOS INFORMAN DE MANERA CLARA Y TRANSPARENTE DE LO CONVERSADO, EVITANDO CAER EN DEMAGOGIAS Y CREAR FALSAS EXPECTATIVAS A LOS TRABAJADORES COMO ALGUNOS PERSONAJES LO HACEN, EN PRIMER LUGAR  MANIFESTARON QUE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS -MEF YA TIENE TERMINADA LA ESCALA BASE QUE VA SER DE S/ 450.00 NUEVOS SOLES O SEA NADIE VA GANAR MENOS DE ESE MONTO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR INCENTIVOS LABORALES DEL CAFAE; EN EL CASO DEL SECTOR EDUCACIÓN ESPECÍFICAMENTE LOS TRABAJADORES QUE LABORAMOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS, CETPROS E INSTITUTOS SUPERIORES PARA ESTABLECER LA ESCALA BASE HAN  TOMADO EN CUENTA O SEA SE SUMARAN LAS BONIFICACIONES RECIBIDAS DE S/ 200.00 NUEVOS SOLES EN EL GOBIERNO DEL  DR. ALEJANDRO TOLEDO Y S/ 100.00 NUEVOS SOLES EN EL GOBIERNO DEL DR. ALAN GARCÍA MAS LOS S/ 100.00 NUEVOS SOLES QUE PERCIBIMOS ACTUALMENTE POR INCENTIVOS LABORALES DEL CAFAE SUMANDO EN TOTAL ES S/ 400.00 NUEVOS SOLES, EN LA PRÁCTICA RECIBIREMOS UN INCREMENTO REAL DE SOLAMENTE S/ 50.00 NUEVOS SOLES CON REINTEGRO DESDE ENERO DEL 2012, SE ESTARÍA APLICANDO DESDE EL MES DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO.

MANIFESTARON QUE EL MONTO DE S/ 171,807,524.00 (CIENTO SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) CONSIDERADO EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2012 ES INSUFICIENTE NO ALCANZA PARA MAS, LO QUE QUIEREN ES HACER JUSTICIA A LOS QUE NO PERCIBEN NADA POR INCENTIVOS LABORALES Y A LOS QUE PERCIBEN MENOS DEL MONTO ANTES SEÑALADO; EL PROPÓSITO ES PERSISTIR EN LA LUCHA EN DIFERENTES FRENTES HASTA CONSEGUIR LA NIVELACIÓN DE LOS INCENTIVOS LABORALES DEL CAFAE EN LOS PRÓXIMOS AÑOS.

QUE DIRÁ ANTE TODO ELLO NUESTRA SECRETARIA GENERAL ELÍZABETH PÉREZ ZÚÑIGA QUE PROMETIÓ HASTA EL CANSANCIO UN AUMENTO DE 500 SOLES A NUESTRO ACTUAL SUELDO Y NI QUE DECIR DE LOS COMPAÑEROS DEL CEN FENTASE NACIONAL QUE EN CADA APARICIÓN SE VANAGLORIABAN DE HABER LOGRADO UN INCREMENTO DE 450 A 500 NUEVOS SOLES.

A LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACIÓN, VEAN UNA VEZ MÁS COMO SE JUEGA CON SUS EXPECTATIVAS, NO PERMITAN QUE VUELVA A SUCEDER, POR ESO:

¡NO A LAS REELECCIONES!

¡NO A LA DEMAGOGIA BARATA!

¡NO A LA MENTIRA!