LA CENTÉSIMA DÉCIMA SEGUNDA DISPOSICION FINAL COMPLEMENTARIA DE LA LEY Nº 29812 "LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2012" ESPECIFICA QUE PRONTO LA MUNICIPALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN SERÁ PARTE DEL PASADO, ESPERAREMOS IMPACIENTES LA DACIÓN DE ESTE DECRETO SUPREMO TAN ESPERADO Y CONFORME A LAS PROMESAS DEL PRESIDENTE OLLANTA HUMALA.
LA SEXAGÉSIMA NOVENA DISPOSICIÓN NOS TRAE NOTICIAS ALENTADORAS SOBRE EL PAGO DE DEUDAS POR SENTENCIA JUDICIAL, ESPERAMOS QUE ALLÍ TOMEN EN CUENTA EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN DIFERENCIAL DEL 30% QUE MUCHOS COMPAÑEROS (AS) TRABAJADORES (AS) NO ESTÁN PERCIBIENDO A PESAR DE TENER SENTENCIAS JUDICIALES RECONOCIENDO ESTE BENEFICIO AL IGUAL QUE LOS PROFESORES POR PREPARACIÓN DE CLASES.
TODO DEPENDERÁ DE LOS DIRIGENTES DE ENTONCES, PORQUE YA SE AVECINAN ELECCIONES EN LOS DIFERENTES ÁMBITOS DE NUESTRO SINDICATO.
FINALMENTE LA NORMA EXPRESA PARA EL PAGO DE GRATIFICACIONES POR NAVIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO, QUE CONSIGNA LA CANTIDAD DE 300 NUEVOS SOLES SIN DESCUENTOS; DINERO COMO ES BIEN SABIDO APENAS SALE DEL BANCO SE UTILIZA PARA PAGAR DEUDAS POR LAS MISMAS CARENCIAS QUE TENEMOS LOS TRABAJADORES POR LOS IRRISORIOS SUELDOS QUE NOS ASIGNAN, MIENTRAS OTROS RECIBEN INGENTES CANTIDADES POR UN TRABAJO QUE NO JUSTIFICA OTORGARLE.
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