sábado, 25 de febrero de 2012

INICIO DE LABORES ESCOLARES EL 05 DE MARZO EN AREQUIPA

 POR UNANIMIDAD, EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA APROBÓ INICIAR LAS LABORES ESCOLARES ESTE 5 DE MARZO, SALVO EN LOS POBLADOS AFECTADOS POR LAS INTENSAS LLUVIAS REGISTRADAS EN FEBRERO.

EL PRESIDENTE REGIONAL DE AREQUIPA, JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES (QUE ASISTIÓ A LA SESIÓN DE CONSEJO DESPUÉS DEL ACCIDENTE DE TRÁNSITO QUE SUFRIÓ VIAJANDO A CAYLLOMA) PROPUSO QUE LAS LABORES EMPIECEN ESTE 1 DE MARZO, COMO LO DISPONE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Y OTORGAR UN PLAZO A LOS DIRECTORES QUE ADMINISTRAN UN COLEGIO DAÑADO POR LAS LLUVIAS.

GUILLÉN RECOGIÓ LA PROPUESTA DEL GERENTE REGIONAL DE EDUCACIÓN DE AREQUIPA, PEDRO FLORES MELGAR,  QUIEN ADEMÁS DISPUSO UN PLAZO HASTA EL 12 DE MARZO SI ES QUE LA AFECTACIÓN IDENTIFICADA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEMANDAN TIEMPO PARA REPARARLAS. 

CONSEJEROS

SIN EMBARGO, LOS CONSEJEROS CONSIDERARON QUE MÁS PERTINENTE ERA QUE LOS ESCOLARES REGRESEN EL 5 DE MARZO Y NO EL 1 PARA DARLE MÁS TIEMPO A LOS DIRECTORES A REPARAR SUS INSTALACIONES.
GUILLÉN ACCEDIÓ A LA PROPUESTA Y LOS OCHO CONSEJEROS APROBARON LA MISMA.

SON 283 MIL 739 ESCOLARES DE COLEGIOS PRIVADOS Y PÚBLICOS QUE REGRESARÁN AL COLEGIO ESTE 5 DE MARZO.

PEDRO FLORES SEÑALÓ QUE HAY UN 20% DE 3 MIL 411 COLEGIOS DE LA REGIÓN AREQUIPA CON FILTRACIONES, CAÍDAS DE MURO, INUNDACIONES, TECHOS COLAPSADOS PROBLEMAS PROVOCADOS POR LAS PRECIPITACIONES PLUVIALES. LA MAYORÍA SE UBICA EN LAS PROVINCIAS DE CONDESUYOS, LA UNIÓN, CAYLLOMA, CASTILLA Y CARAVELÍ. 

EN LA CIUDAD DE AREQUIPA SOLO HAY PROBLEMAS DE FILTRACIONES POR LOS TECHOS, SALVO EN UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE ALTO SELVA ALEGRE EN QUE SE CAYÓ EL MURO DE UNA ESCUELA. TAMBIÉN HAY DOS CASOS DE ANIEGOS.


En tal sentido, la resolución aprobada por el pleno del consejo señala que las Instituciones Educativas que no puedan iniciar sus actividades en la fecha indicada en el artículo precedente, por alguna razón derivada del Estado de Emergencia, empezarán recién el 12 de marzo del 2012; para lo cual, el Consejo Educativo Institucional de la Institución Educativa (CONEI) debe presentar su solicitud debidamente justificada; asimismo, debe reprogramar la recuperación de las horas perdidas.
En este contexto, advirtió que serán denunciados los Directores de las Instituciones Educativas que aún no han realizado el mantenimiento de la infraestructura educativa con cargo a los fondos que oportunamente ha transferido el Ministerio de Educación; el incumplimiento de esta disposición acarreará las responsabilidades establecidas conforme a ley.
Revelaron que hay directores que  siguen de vacaciones y algunos han recogido el dinero y no han realizado ninguna obra. Otros ni siquiera se han interesado en cobrar el dinero para trabajar en el mejoramiento del colegio. El presidente regional ha solicitado un reporte pormenorizado de cada UGEL, se sancionará administrativamente y hasta los denunciarán.



TRABAJADORES ESTATALES PODRÍAN COBRAR DOBLE REMUNERACIÓN

EL GOBIERNO DEL PRESIDENTE OLLANTA HUMALA EVALÚA LA POSIBILIDAD DE QUE LOS TRABAJADORES ESTATALES PUEDAN RECIBIR DOBLE REMUNERACIÓN POR SU PARTICIPACIÓN EN LABORES DE SEGURIDAD CIUDADANA, CON ESTO AL TRABAJADOR SE LE DA LA POSIBILIDAD DE RECIBIR UNA REMUNERACIÓN MÁS TENIENDO EN CUENTA QUE POR LABOR DOCENTE LE ESTÁ PERMITIDO. 




FUENTE: EDUCACIÓNENRED.COM

miércoles, 22 de febrero de 2012

INICIO DE LABORES EDUCATIVAS

A PROPÓSITO DE LAS TORRENCIALES LLUVIAS QUE AZOTÓ NUESTRA CIUDAD Y QUE HA OCASIONADO EL DETERIORO DE LA INFRAESTRUCTURA DE VARIAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS LA GREA EMITE LA SIGUIENTE COMUNICACIÓN DEL MED; ESPERAMOS QUE SE TOME LAS MEDIDAS MÁS PERTINENTES PARA EL BIEN DE LOS EDUCANDOS Y TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
RETRASO DEL INICIO DE CLASES ES EXCEPCIONAL Y DEBE ESTAR DEBIDAMENTE JUSTIFICADO, INFORMÓ EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN – MINEDU
Los gobiernos regionales pueden determinar otra fecha, pero garantizando el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas por Ley

El viceministro de Gestión Pedagógica, José Martín Vegas Torres, recordó que el retraso en la fecha de inicio del año escolar 2012 es una medida excepcional, que como tal debe estar debidamente justificada.

De acuerdo a la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2012, aprobada por la Resolución Ministerial Nro. 622-2011-ED, cada uno de los gobiernos regionales del país pueden determinar otra fecha de inicio de las labores escolares, pero garantizando el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas, dijo el viceministro.

Indicó que las horas efectivas mínimas de clase establecidas en el Diseño Curricular Nacional son: 900 horas en Educación Inicial, mil 100 horas en Educación Primaria y mil 200 horas en Educación Secundaria.

Vegas Torres saludó y agradeció a todos los titulares de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) del país por el compromiso y disposición expresados en el apoyo a la gran movilización por "El Buen inicio del Año Escolar 2012".

Esta gran movilización significa que los estudiantes tengan a los mejores maestros en las aulas, que los textos escolares y materiales educativos se distribuyan oportunamente entre los alumnos y sus profesores, y que las aulas estén en condiciones idóneas, seguras y saludables.

La Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2012, dispone que: "En las Instituciones Educativas públicas, las clases se inicien preferentemente el 1 de marzo. En el marco de la descentralización y atendiendo a la diversidad ecológica, productiva y cultural, cada Gobierno Regional puede determinar otra fecha de inicio, garantizando el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas".

Es decir, es el Gobierno Regional quien debe aprobar esta medida excepcional, si las circunstancias concurrentes en su región, provincia o distrito están en la necesidad de posponer el inicio del Año Escolar 2012.
También debe fijar la fecha de inicio de clases y el cronograma anual que garantice el cumplimiento de las horas lectivas establecidas por ley.

Regiones pueden variar inicio de año escolar por las lluvias
La ministra de Educación, Patricia Salas, señaló que los presidentes regionales tienen potestad de variar el inicio del año escolar en localidades donde consideren convenientes por la situación de riesgo generada por las lluvias.

Dijo que en cada caso la medida debe ir acompañada por una ordenanza regional que especifique el compromiso sobre cómo se cumplirá con el número de horas de clase que necesitan los escolares para cumplir sus metas de estudio.

Estimó que unos nueve millones de niños peruanos estudiarán en el año escolar 2012, que debe comenzar el 1 de marzo.


Arequipa, 17 de febrero  del 2012
OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS
Gerencia Regional de Educación

CONTRATACIÓN DE DOCENTES, AUXILIARES DE EDUCACION Y TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS EN EL SECTOR EDUCACION

MEDIANTE EL DECRETO DE URGENCIA Nº 006-2012 EL EJECUTIVO AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES, AUXILIARES DE EDUCACIÓN Y TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS EN EL SECTOR EDUCACIÓN A NIVEL NACIONAL; PARA LO CUAL DESTINA EL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE A CADA REGIÓN.
PARA NUESTRA CIUDAD ESTÁ DESTINADO LA SIGUIENTE CANTIDAD DE PLAZAS:
1.- DOCENTES                                      :  222
2.- AUXILIARES DE EDUCACIÓN   :    54
3.- ADMINISTRATIVOS                      :    06

ESTE DECRETO DE URGENCIA NOS LLEVA A PEDIR A LAS AUTORIDADES QUE LAS PLAZAS PRODUCTOS DE ESTA NORMA SEAN PUBLICADAS Y SOMETIDAS A CONCURSO PÚBLICO DE LA MANERA MÁS TRANSPARENTE, DE ESTA FORMA EVITAREMOS LOS PROBLEMAS QUE TODOS LOS AÑOS SE DAN Y SOLO SIRVEN FINALMENTE PARA QUE DETERMINADAS PERSONAJES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS COLOQUEN A SUS FAMILIARES, AMIGOS, ETCÉTERA.


domingo, 12 de febrero de 2012

CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE LA FENTASE EN AREQUIPA

EN EL MES DE MARZO DEL PRESENTE AÑO SE REALIZA EN NUESTRA CIUDAD EL XV CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE LA FENTASE, EVENTO DE GRAN SIGNIFICADO PARA LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACIÓN PORQUE ALLÍ SE ESTARÁ DEBATIENDO TEMAS DE GRAN IMPORTANCIA PARA EL FUTURO DE LOS TRABAJADORES ASIMISMO ELIGIENDO A LOS NUEVOS DIRIGENTES NACIONALES QUE POR EL LAPSO DE 2 AÑOS TENDRÁN LA MISIÓN DE LLEVAR ADELANTE A NUESTRO FEDERACIÓN.
AQUÍ ES NECESARIO HACER UN ALTO PARA PONER DE RELIEVE LO SIGUIENTE:
  • ESPERAMOS QUE ESTA VEZ LAS SITASES BAJO LA COMPLICIDAD  DE LA FENTASE REGIONAL AREQUIPA NO PRETENDAN, BAJO PRETEXTO DE NO TENER LOS SUFICIENTES TRABAJADORES INSCRITOS EN PADRÓN, POR LO TANTO- SEGÚN ELLOS- NO EXISTIRÍA QUÓRUM REGLAMENTARIO, TOMARSE LA ATRIBUCIÓN COMO DIRIGENTES DE NOMBRAR A DEDO A LOS DELEGADOS QUE ASISTIRÁN A DICHO EVENTO COMO PRETENDIERON HACERLO CON LA ASAMBLEA DE DELEGADOS DE HUAMACHUCO.
  • QUE LA FENTASE REGIONAL AREQUIPA A TRAVÉS DE LA COMPAÑERA ELÍZABETH PÉREZ ZÚÑIGA NO PRETENDA PERMITIR QUE EL COMPAÑERO NÉSTOR FERNANDEZ GARCÍA POSTULE UNA VEZ MÁS A LA SECRETARÍA GENERAL DE NUESTRO GREMIO NACIONAL, OLVIDÁNDOSE QUE DICHO COMPAÑERO TIENE UNA SANCIÓN IMPUESTA POR LA COMISIÓN DE DISCIPLINA DE ENTONCES Y RATIFICADA POR LA ASAMBLEA ESTATUTARIA DE CAMANÁ POR HABER REALIZADO UNA MALA GESTIÓN ECONÓMICA DURANTE SU PERIODO AL FRENTE DE LA FENTASE REGIONAL AREQUIPA; ASÍ COMO UNA DEUDA DE APROXIMADAMENTE VEINTE MIL SOLES QUE DEBE CANCELAR.
  • ES LA OPORTUNIDAD DE REALIZAR EL CAMBIO EN NUESTRAS DIRIGENCIAS Y DE UNA VEZ POR TODAS TERMINAR CON LAS REREREREELECIONES INDEFINIDAS QUE AL CABO DE LOS AÑOS NADA NUEVO HAN DEJADO PARA LOS TRABAJADORES Y SI POR EL CONTRARIO UN ABANDONO ABSOLUTO EN ASPECTOS MUY IMPORTANTES PARA EL BIEN DE LOS MISMOS.
  • LOS TRABAJADORES TENEMOS LA PALABRA, PERO CUIDADO, SABEMOS QUE EXISTEN MUCHOS OPORTUNISTAS QUE ESPERAN ESTAS OCASIONES PARA ENCARAMARSE A ESTOS PUESTOS Y DEJARLOS EN MUCHOS AÑOS, NOSOTROS TENEMOS LA PALABRA NO NOS DEJEMOS ENGAÑAR CON FALSAS PROMESAS.
  • ESPERAMOS QUE ESTA VEZ ESTAS ELECCIONES SEAN CLARAS Y TRANSPARENTES Y NO ESTEMOS ESCUCHANDO DE SUCESOS EXTRAÑOS QUE OCURREN EN FECHAS TAN SIGNIFICATIVAS COMO ESTA, PRETENDIENDO QUEBRAR LA VOLUNTAD DE LOS TRABAJADORES.
  • EXIGIMOS QUE PARA LOS AÑOS POSTREROS DEBE EXISTIR LAS ELECCIONES UNIVERSALES PARA QUE CADA TRABAJADOR DESDE LOS LUGARES MÁS RECÓNDITOS PUEDA TOMAR UNA DECISIÓN CONOCIENDO A LOS QUE PODRÍAN SER SUS DIRIGENTES NACIONALES.
RESOLUCION SINDICAL Nº 007 –CEN-FENTASE-2012Lima, 10 de enero del 2012

CONSIDERANDO:
Que, es necesario implementar y dar cumplimiento del mandato Estatutario Vigente y los acuerdos de las instancias superiores:

Que, la Asamblea Nacional de Delegados, realizada los días 29, 30 de setiembre y 01 de octubre del 2011, en la ciudad de Huamachuco Región La Libertad, acordó constituir la Comisión Organizadora para el desarrollo de la Máxima Instancia de la Federación Nacional, denominado XV Congreso Nacional Ordinario – Arequipa 2012.

Que, en concordancia con las facultades y competencias Estatutarias el Comité Ejecutivo Nacional de la FENTASE ha fijado la fecha de realización del XV Congreso Nacional Ordinario para los días 22, 23 y 24 de Marzo del 2012, en la Ciudad de Arequipa..

Que, es necesario dar lineamientos y directivas para generar condiciones adecuadas que permitan desarrollar un congreso exitoso y consiguientemente señalar que a este evento solo concurren las bases afiliadas a la FENTASE como lo establecen los estatutos nacionales, precisando los deberes y derechos de los Delegados electos a este Congreso Nacional Ordinario 2012.

De conformidad con el Estatuto y Reglamento de la FENTASE y a lo informado;

SE RESUELVE:

Articulo 1º Aprobar la Directiva Nº 002-CEN-FENTASE-2012, de convocatoria al XV Congreso Nacional Ordinario - Arequipa.2012.

Artículo 2º Aprobar la conformación de la Comisión Organizadora del XV Congreso Nacional Ordinario, integrada por:
01. Juan Silva Julián CEN-FENTASE Presidente.
02. Segundo Tuesta Vela CEN-FENTAE Miembro
03. Martin Carrillo Chacón CEN-FENTASE Miembro.
04. Nelson Sedano Daga CEN-FENTASE Miembro
05. Elizabeth Pérez Rodríguez CEN-FENTASE Miembro.
06. Betty Dolly Mesías Sánchez SAN MARTIN Miembro
07. Paola Bravo Borja CALLAO Miembro
08. Yanet Góngora Francia MOQUEGUA Miembro

Articulo 3º la FENTASE REGION AREQUIPA constituirá una Sub-Comisión para realizar labores de apoyo en el XV Congreso Nacional Ordinario.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Fdo.
JOSE MIGUEL DELGADO BAUTISTA
Secretario General
CEN-FENTASE

DIRECTIVA Nº 002-CEN-FENTASE – 2012
XV CONGRESO NACIONAL ORDINARIO
22, 23 y 24 DE MARZO – 2012
AREQUIPA - PERU


I. FINALIDAD:

La presente Directiva tiene por finalidad dar a conocer a todas las bases de la FENTASE a nivel nacional, la convocatoria al XV CONGRESO NACIONAL ORDINARIO a realizarse en la ciudad de Arequipa los días 22, 23 y 24 de Marzo del 2012.

II. OBJETIVOS:

- Fomentar la participación activa de todos los sindicatos bases a nivel nacional y los Delegados elegidos democráticamente, para posibilitar el desarrollo Organizacional y avance orgánico de nuestra Federación.
- Evaluar, analizar, debatir y tomar acuerdos relacionados a la situación orgánica de todas las bases a nivel nacional para mejorar los proceso de la renovación de las juntas directivas.
- Elegir el Comité Electoral y aprobar el reglamento.
- Elegir, proclamar y juramentar el Comité Ejecutivo Nacional para el periodo 2012 – 2014.

III. BASE LEGAL:

- Acuerdo del XIV Congreso Nacional Ordinario – Cusco 2010.
- II Asamblea Nacional de Delegados - Huamachuco 2011
- Estatutos Nacionales.

IV. FUNDAMENTO:
El Congreso Nacional de la FENTASE, en concordancia con el articulo 20º, Capitulo VII del estatuto nacional, es el organismo soberano de los trabajadores/as, se convoca en forma ordinaria cada dos (02) años y en forma extraordinaria cuando sea necesario, por el secretario general en representación del Comité Ejecutivo Nacional, con sesenta días de anticipación antes de fenecer su mandato. Es uno de los espacios más importantes de nuestra organización, que nos permite analizar, debatir y tomar acuerdos para el beneficio de los trabajadores/as administrativos del sector educación. En este evento, se resalta y eleva el nivel del debate sindical y político, considerando el contexto nacional e internacional y los lineamientos de la hoja de ruta implementada por el gobierno de turno. Asimismo, en concordancia con el artículo 21º del estatuto nacional, se realiza la elección, proclamación y juramentación del Comité Ejecutivo Nacional órgano de Dirección de nuestra gloriosa FENTASE.

V. ALCANCE:- Comité Ejecutivo Nacional.
- Fentases Regionales y/o Sindicatos Departamentales.
- Sindicatos Bases a Nivel Nacional.
- Delegados Electos para el Congreso.



VI. CONVOCATORIA:

a) En concordancia con el Estatuto Nacional de la FENTASE y a los acuerdos nacionales SE CONVOCA a todos las Bases afiliadas a nivel nacional y Delegados elegidos en Asamblea General de acuerdo a lo previsto en la presente Directiva. La asistencia al XV Congreso Nacional Ordinario a desarrollarse los días 22, 23 y 24 de Marzo del 2012 en la ciudad de Arequipa es de carácter obligatorio. La inscripción será a partir de 10.00 a.m.
b) Convocar al XV Congreso Nacional Ordinario a la Comisión de Organización elegida en la Asamblea General de Huamachuco – La Libertad el 29, 30 de setiembre y 01 de Octubre 2011, en concordancia con la Resolucion Sindical Nº 07-CEN-FENTASE- 2012.

VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS:

7.1. DE LA CONFORMACIÓN:
La Comisión Organizadora asistirá obligatoriamente al XV Congreso Nacional Ordinario, la misma que se encargara de la Asamblea preparatoria y está Conformada por:

01. Juan Silva Julian CEN-FENTASE Presidente.
02. Segundo Tuesta Vela CEN-FENTAE Miembro
03. Martin Carrillo Chacón CEN-FENTASE Miembro.
04. Nelson Sedano Daga CEN-FENTASE Miembro
05. Elizabeth Pérez Rodríguez AREQUIPA Miembro.
06. Betty Dolly Mesías Sánchez SAN MARTIN Miembro
07. Paola Bravo Borja CALLAO Miembro
08. Yanet Góngora Francia MOQUEGUA Miembro

7.2 SON DELEGADOS PLENOS:
1. Los miembros salientes del Comité Ejecutivo Nacional (articulo 23º Inc. a)
2. Los Miembros de la Comisión Organizadora elegidos en asamblea nacional en concordancia con la Resolución Sindical Nº 07-CEN-FENTASE-2012.
3. Los Secretarios Generales Regionales, Organización y un Delegado previamente elegido (Articulo 23º Inc. c)
4. Los Secretarios Generales y el de organización de los Sindicatos Bases acreditados por la FENTASE, cuya junta directiva este acreditada por el CEN-FENTASE.
5. Los Delegados Plenos elegidos en asamblea General en las respectivas bases y estén debidamente Acreditados por sus Secretarios Generales en la proporción establecida en el articulo 24º del Estatuto gremial.

- De 020 a 100 hasta 02 Delegados Plenos
- De 101 a 200 hasta 03 Delegados Plenos
- De 201 a 500 hasta 04 Delegados Plenos
- De 501 a mas hasta 05 Delegados Plenos

7.3 SON DELEGADOS FRATERNOS:
Participan en el evento con derecho solamente a voz. Las bases podrán acreditar un máximo 03 Delegados Fraternos.


7.4 SON DELEGADOS OBSERVADORES:

Participarán en calidad de observadores sin a voz y sin voto. Las bases podrán acreditar un máximo 03 Delegados Observadores.

VIII. AGENDA A TRATAR

a) Asamblea Preparatoria
 Informe de la Comisión Organizadora
 Elección de la Mesa Directiva
 Elección de la Comisión de disciplina para el desarrollo del Congreso.
b) Informe de las bases.
c) Informe del Comité Ejecutivo Nacional
d) Conformación de Comisiones de Trabajo:
 Situación Política Nacional e Internacional,
 Reforma del Estado y Propuesta Educativa
 Escala Base como estrategia hacia la Equidad Salarial
 Estrategia Nacional sobre las Deudas Sociales
 Situación Orgánica
 Plataforma y Plan de Lucha
e) Asamblea Plenaria de Acuerdos
f) Elección del Comité Electoral y aprobación del Reglamento
g) Elección del Comité Ejecutivo Nacional
h) Proclamación y Juramentación.

IX. DEL FINANCIAMIENTO: Lo constituyen:

a) Las aportaciones de las bases. Para el derecho de participación las Bases deberán estar al día en sus aportes hasta el mes de febrero del 2012.

b) Las donaciones de instituciones tanto económicas como materiales.

c) Las cuota de Inscripción al XV Congreso Nacional Ordinario Arequipa 2012, de acuerdo al siguiente monto:

- DELEGADOS PLENOS S/. 25.00
- DELEGADOS FRATERNO S/. 25.00
- DELEGADOS OBSERVADOR S/ 25.00

Los gastos de trasporte, alojamiento y alimentación de los Delegados, es responsabilidad de cada sindicato Base, estando autorizadas para realizar actividades de manera que les permita financiar los costos para la asistencia al XV Congreso Nacional Ordinario. La Región anfitriona garantizará el bienestar de todos los asistentes, brindando las facilidades y condiciones adecuadas con alojamientos cómodos y alimentación con precios adecuados.

X. DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS DELEGADOS

La Inscripción se realizará a partir de las 10.00 a.m. del día 22 de Marzo del 2012, en el lugar que oportunamente se les comunicará.

XI. LUGAR DEL EVENTO:

El evento Congresal se desarrollará en un lugar acogedor, cómodo y agradable, proporcionado por la Base anfitriona – FENTASE REGION AREQUIPA (se dará a conocer oportunamente)

REQUISTOS PARA LA INSCRIPCIÓN:
a. Credencial de la Junta Directiva de cada Base, otorgada por el CEN-FENTASE.
b. Credencial de los Delegados (Plenos, Fraternos y Observadores), suscrita por el secretario general, copia del acta de Asamblea General donde fueron elegidos los delegados.
c. Copia de CREDENCIAL de la junta directiva vigente, emitida por el CEN-FENTASE.
d. Copia autenticada del Padrón de afiliados actualizada.
e. Copia del Registro actualizado de la Junta Directiva emitido por el Ministerio de Trabajo
f. Recibo de Pago de la Cuota de Inscripción al XV Congreso Nacional.
g. Presentación por escrito del informe de las bases, indicando: Elección de la directiva, forma y modo de elección, situación Procesos IGV, Servicio Comedor, 30% Bonificación Diferencial, Pago del D.U. 037-94, con y sin sentencia judicial, participación en las diferentes comisiones, Aporte sindical a las instancias correspondientes, otros logros, etc.
h. Constancia y/o Recibo de la Secretaria de Economía de los aportes cancelados a la Federación Nacional vigente al mes de febrero del 2012.

XI. DISPOSICIONES GENERALES:- El Congreso Nacional Ordinario es un órgano de participación, análisis, debate, concertación y de decisión de nuestra organización.
- La Comisión Central es la encargada de la organización, monitoreo y desarrollo del proceso del XV Congreso Nacional Ordinario.
- El Secretario General de cada base es responsable de la correcta elección de sus delegados, así como de su acreditación ante el Congreso Nacional.
- Las Bases Sindicales INSCRITAS ante el Ministerio de Trabajo adjuntarán una copia simple de su inscripción, tanto de la organización como de la Junta Directiva.
- Los Secretarios Generales inscribirán a sus Delegados, adjuntando Acreditación y Acta de Asamblea General de elección de los Delegados.
- La para todas las bases del ámbito nacional.
- La asistencia al evento es de carácter obligatorio, la INASISTENCIA INJUSTIFICADA, se sancionará de acuerdo a lo previsto en el Estatuto de la FENTASE.
- Las Bases deberán portar sus banderolas y colocarlas dentro de las instalaciones donde se desarrolla el evento, previamente confeccionadas Para ello, deberán confeccionarse con tamaños adecuados.
- Las Juntas Directivas de los Sindicatos Bases que no estén Acreditados por el CEN-FENTASE, están impedidas de participar en el XV Congreso Nacional Ordinario – Arequipa 2012.
- Los casos no previstos, serán resueltos por la Comisión Organizadora en tanto no se contrapongan a la Directiva ni al estatuto gremial.

XIII. COMUNICACIÓN:

FENTASE : 4262879
Secretario General : 99002122 / RPM #662601
Comisión Organizadora : 957598401 / RPM *6924980

Lima, 20 de Enero del 2012 COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL COMISION ORGANIZADORA
CEN-FENTASE FENTASE

NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE CADER EN EL MED


NUEVA NORMA SOBRE ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE CADER PARA LOS FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES DEL MED.
ALGÚN DÍA SE ACORDARÁN DE PONER UN TOPE DE DIAS PARA QUE LOS DE CADER EMITAN SUS RESOLUCIONES DE RESOLUCIÓN DE QUEJAS PLANTEADAS EN DETERMINADOS PLAZOS Y NO SE EXCEDAN COMO OCURRE HASTA HOY, DONDE LAS DENUNCIAS DE LOS USUARIOS Y TRABAJADORES EN GENERAL DUERMEN EL SUEÑO DE LOS JUSTOS POR VARIOS MESES E INCLUSO AÑOS?

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domingo, 5 de febrero de 2012

DECRETO SUPREMO Nº 019-2010-ED


LOS ÚLTIMOS SUCESOS ACAECIDOS EN NUESTRO MEDIO, RECORDÁNDONOS UNA NEFASTA ETAPA QUE ENVOLVIÓ A NUESTRO PAÍS AÑOS ATRÁS CON CONSECUENCIAS DIFÍCILES DE OLVIDAR, NOS TRAE AL RECUERDO ESTA NORMA.
Establecen medidas administrativas aplicables al personal docente y administrativo del
Sector Educación
DECRETO SUPREMO Nº 019-2010-ED

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

CONSIDERANDO:

Que, las entidades del Estado están al servicio de las personas y de la sociedad; actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación, asegurando que su
Que, de acuerdo al artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, asimismo el inciso h) del artículo 80 de la precitada Ley, señala como función del Ministerio de Educación “Definir las políticas sectoriales de personal (...)”, norma concordante con lo establecido en el inciso h) del artículo 67 del Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005- ED; Que, el ejercicio de la profesión docente se realiza en nombre de la sociedad, para el desarrollo de la persona y en el marco del compromiso ético y ciudadano de formar integralmente al educando. El fundamento ético para su actuación profesional es el respeto a los derechos humanos; a los derechos y a la dignidad de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores; y al desarrollo de una cultura de paz y de solidaridad que coadyuve al fortalecimiento de la identidad peruana, la ciudadanía y la democracia. Esta ética exige del profesor idoneidad profesional, comportamiento moral y compromiso personal con el aprendizaje y protección de cada alumno; Que, es necesario adoptar medidas administrativas aplicables al personal docente y administrativo del Sector Educación, cualquiera sea su régimen laboral o contractual, que realiza los actos de proselitismo político y los constitutivos de los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terroristas, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el Código Penal y normas conexas, incurriendo en falta administrativa muy grave que conlleva la destitución por el incumplimiento de normas legales que regulan sus deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de sus funciones; independientemente de la sentencia condenatoria emanada de órgano jurisdiccional o del archivamiento de denuncia por parte del Ministerio Público o la Sentencia Absolutoria consentida y/o ejecutoriada emitida por la autoridad judicial; De acuerdo con el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158;

DECRETA:

 Artículo 1.- Medidas administrativas
Establézcase las siguientes medidas administrativas aplicables al personal docente y administrativo del Sector Educación, sea cual fuere su régimen laboral o contractual:


1.- La autoridad educativa o administrativa que reciba la denuncia o información sobre la realización de proselitismo político y los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terrorista, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el Código Penal y normas conexas, comunicará inmediatamente este hecho al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación, según corresponda, para que inicie las acciones administrativas y a la Comisaría de la localidad y al Ministerio Público, para los fines correspondientes.
Si se trata de un docente, éste será puesto inmediatamente a disposición de la oficina de personal, o la que haga sus veces, no pudiendo por ningún motivo dictar clases ni permanecer en la institución educativa.

2.- El que realiza proselitismo político o actos constitutivos de los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terrorista, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el Código Penal y normas conexas, incurre en falta administrativa muy grave que conlleva la destitución por el incumplimiento de normas legales que regulan sus deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que le corresponda.
3.- Los condenados por la comisión de los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terrorista, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el Código Penal y normas conexas, no podrán ingresar ni reingresar al servicio, aún cuando hayan sido declarados rehabilitados por la autoridad jurisdiccional correspondiente.

4.- El archivamiento de denuncia por parte del Ministerio Público o la Sentencia Absolutoria consentida y/o ejecutoriada emitida por la autoridad judicial respecto a la comisión de los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terrorista, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el Código Penal y normas conexas, no modifica ni deja sin efecto la sanción administrativa de destitución impuesta por dichos hechos.

5.- La autoridad educativa o administrativa que reciba la información sobre personal que se encuentra inmerso en una investigación o proceso penal por los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terrorista, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el Código Penal y normas conexas, comunicará inmediatamente este hecho al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local o Director Regional de Educación, según corresponda, quien adoptará de inmediato las medidas administrativas que resulten pertinentes.

Si se trata de un docente, éste será puesto inmediatamente a disposición de la oficina de personal, no pudiendo por ningún motivo dictar clases ni permanecer en la institución educativa.


Artículo 1.- Medidas administrativas actividad se realice con arreglo, entre otros, a la prevención para enfrentar los riesgos que afecten la vida de las personas, y para asegurar la prestación de los servicios fundamentales; 

Artículo 2.- Disposición Modificatoria y/o derogatoria
Modifícase y/o derógase las normas que se opongan al presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Disposición Transitoria
En un plazo que no excederá de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, los Directores de las Instituciones Educativas Públicas, Unidades de Gestión Educativa Local y Directores Regionales de Educación, según corresponda, evaluarán las situaciones establecidas en el presente Decreto Supremo en sus respectivos ámbitos y dispondrán de inmediato, bajo responsabilidad, las medidas administrativas previstas en el presente Decreto Supremo.
Los docentes que se hallaren en la situación establecida por el numeral 3 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, y que se encuentren prestando servicio oficial, a la fecha de su vigencia, serán reubicados para desempeñar labores administrativas fuera de las instituciones educativas.

Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación


 

sábado, 4 de febrero de 2012

NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL PROCESO DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Y MATERIALES EDUCATIVOS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

SEGÚN LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045 - 2012-ED SE APROBÓ LAS "NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL PROCESO DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Y MATERIALES EDUCATIVOS EN LAS INSTITUCIONES Y PROGRAMAS EDUCATIVOS PÚBLICOS  Y CENTROS DE RECURSOS".

HACER CLIC AQUI PARA VER LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL



ES NECESARIO REALIZAR UN COMENTARIO AL RESPECTO, SI BIEN ES CIERTO QUE LO APROBADO ES PARTE DE LA RESPONSABILIDAD DEL MED PARA CON LOS ALUMNOS, PROFESORES Y PADRES DE FAMILIA; TAMBIEN LAS SEDES COMO LAS UGEL O GERENCIAS REGIONALES DEBEN CUMPLIR ESA RESPONSABILIDAD, PORQUE ES BIEN SABIDO QUE LAS DEMORAS EN LA ENTREGA DE ESTOS MATERIALES SON PERMANENTES, ESPERAMOS QUE ESTE AÑO SEA LA EXCEPCIÓN.

DE IGUAL FORMA SE OLVIDAN QUE LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS TAMBIEN SON PARTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA; SIN EMBARGO, EL OLVIDO ES CONTINUO, CREIMOS QUE ESTE AÑO SERÍA DIFERENTE PERO LOS HECHOS NOS DEMUESTRAN QUE NO ES ASI.
ESTAMOS A ESCASOS DIAS DE INICIAR LAS LABORES ESCOLARES, EMPIEZAN LOS AJETREOS PARA DEJAR OPERATIVO LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y CON ELLO COMIENZA EL CALVARIO DE LOS TRABAJADORES QUE TIENEN QUE ESTAR SOPORTANDO MALTRATOS DE TODA ÍNDOLE CUANDO SE SOLICITAN MATERIALES DE LIMPIEZA, DE OFICINA, ETC., PEOR AÚN QUE A PESAR DE ELLO NO SE LE FACILITAN ESTOS Y SIN EMBARGO, SE LES EXIGE CELERIDAD Y EN LOS PEORES CASOS SE LE EXIGE QUE COMPRE SU PROPIO MATERIAL.
ESTOS HECHOS DEBEN LLEVAR A LOS DIRIGENTES ACTUALES, QUE POR CIERTO TIENEN PLENO CONOCIMIENTO DE ELLO, A TOMAR MEDIDAS DRÁSTICAS EN EXIGIR ESTOS MATERIALES TANTO AL GOBIERNO CENTRAL COMO AL REGIONAL Y LAS UGELS.
ESPERAMOS UNA PRONTA RESPUESTA A ESTE CLAMOR DE LOS TRABAJADORES EN GENERAL.  

viernes, 3 de febrero de 2012

INDECOPI PUBLICÓ LISTAS DE PRECIOS DE LIBROS PARA EL AÑO 2012


LAS TARIFAS REFERENCIALES PARA LA COMPRA DE LOS LIBROS QUE CADA AÑO NOS TIENE AGOBIADOS A LOS PADRES DE FAMILIA FUERON PUBLICADOS POR INDECOPI, LOS QUE DEBERÁN SER TOMADOS EN CUENTA AL MOMENTO DE REALIZAR LAS COMPRAS PERTINENTES.
NO DEJEMOS QUE NOS SORPRENDAN.


VISUALICE LAS EDITORIALES DE LOS LIBROS Y LOS PRECIOS

INTERESES DEL DU Nº 037

COMO ES DE CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJADORES SE HA CANCELADO LA DEUDA DEL DU Nº 037 EN NUESTRA CIUDAD, SIENDO LA UGEL AREQUIPA SUR LA ÚLTIMA EN REALIZARLA.

ASIMISMO DEBEMOS TOMAR EN CUENTA QUE YA EXISTEN VARIOS CASOS DE SENTENCIAS JUDICIALES SOBRE RECONOCIMIENTO DE LOS INTERESES QUE GENERARON ESTOS DINEROS Y QUE POR FALLO JUDICIAL ESTÁN OBLIGANDO A CANCELAR A CADA UNO DE LOS TRABAJADORES, LAS CANTIDADES SON CASI EL 40% DE LA DEUDA TOTAL QUE SE NOS RECONOCIÓ POR LO QUE NO SON CANTIDADES NADA IRRISORIOS, POR EL CONTRARIO; POR ELLO SE HACE EL LLAMADO A TODOS LOS TRABAJADORES QUE INICIEN DE UNA VEZ POR TODAS ESTOS PROCESOS.